Loading...
xxx joyporn.me foxporn.me pornpk.me pornsam.me justpornv.com onlypornk.com mpornz.com hipornv.com pornz10.com ionporn.tv porn100.tv xpornpleasex.com

Novedades en los tratamientos odontológicos en tejidos blandos

En la reunión del 25 de mayo último, FACO realizo un documento que fue enviado a diferentes instituciones odontológicas, y espera el acompañamiento, la adhesión y el apoyo del mismo, con respecto a la declaración sobre los tratamientos odontológicos que deban ser complementados con toxina botulínica y del ácido hialurónico

Atendiendo la evidencia de nuevas técnicas y nuevos materiales que cumplen con mejoras para los resultados finales de dichos tratamientos, resulta oportuna la descripción de los procedimientos que cuentan con el aval, reconocimiento y autorización para su uso odontológico por parte de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

Las consideraciones que fundamentan la aplicación por parte de los profesionales odontólogos de elementos para rellenos y manejo de tejidos blandos, entre los que se encuentran la toxina botulínica y del ácido hialurónico, deben resguardar el lugar de uso (determinado por la Resolución CE N° 1131/16 Consejo Interuniversitario Nacional (3)  y la Resolución 1254/2018 del Ministerio de Educación y Cultura de la Nación, el motivo del uso: siendo que la aplicación por el odontólogo se ajusta al Sistema Estomatognático, ya es muy utilizada por diversas especialidades odontológicas, tales como  Cirugía Buco Máxilo Facial, Estomatología, Ortodoncia, Periodoncia y Prótesis por mencionar algunas, para mejorar los resultados de sus tratamientos, que requieren de dicho conjunto de procedimientos y elementos para lograr un mejor equilibrio estético y funcional de la boca y el rostro, siempre cumpliendo con las normas legales y reglamentarias, y confeccionando la Historia Clínica del caso, requiriendo el Consentimiento Informado y el cuidado de la imagen del paciente.

La información al paciente, es un punto fundamental, ya que, siendo un tratamiento específico de aplicación por Odontólogos y estrictamente limitado a sus incumbencias profesionales, las resultas de su aplicación son obligaciones de medio como mejoramiento del trabajo planificado, y no de un resultado subjetivo a la percepción de quién lo recibe, sino en base a la evaluación conjunta riesgos beneficios se acuerda dicho tratamiento entre profesional y paciente.

Por ello, es menester suscribir, en todos los casos, el consentimiento informado, que deberá detallar, in extenso, el procedimiento terapéutico a realizar, con una descripción detallada de la o las zonas a aplicar.

En tanto, se considera oportuno sugerir que en los planes de estudio de grado, cada materia y/o cátedra incluya e incorpore lo pertinente y conducente a la formación general sobre éste tema, para que el futuro odontólogo agregue a sus conocimientos los permanentes avances de la ciencia y los recursos con que cuenta su profesión, con el objetivo que luego en su permanente capacitación profesional adquiera mayor destreza-práctica para enriquecer las propuestas de tratamientos a realizar.

Por lo que se ha resuelto por parte de las entidades odontológicas, que se reconozca la competencia del profesional odontólogo para actuar en la armonización buco máxilo facial como actividad de la odontología al servicio de la salud de la comunidad, con los materiales para manejo de los tejidos blandos, como complemento de un tratamiento odontológico. También, promover la capacitación en el posgrado, concretar la conformación de un Consejo de Acreditación de Cursos Específicos y solicitar la incorporación a la enseñanza de grado, de la introducción de una técnica que abarque, en forma exhaustiva, la utilización de los diversos elementos necesarios e indispensables para el manejo de tejidos blandos, para actuar en las distintas situaciones que se presentan en el accionar odontológico.